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Cuidado con la facturación electrónica

Por: Tatiana Bahamón Méndez

La facturación electrónica continúa y de manera más fortalecida que nunca, pues uno de los compromisos que tenía la DIAN para el presente año, era ampliar el número de contribuyentes que iban a estar obligados a facturar electrónicamente a partir del 1 de enero del 2019.

¿Qué es la facturación electrónica?

Según la Dian, la facturación electrónica tiene los mismos efectos legales que una factura en papel, pues se expide y se recibe en formato electrónico y su función es soportar transacciones de venta, bienes y/o servicios, permitiendo el cumplimiento de las características y condiciones en relación con la expedición, recibo, rechazo y conservación. Esta herramienta electrónica que permite combatir la evasión de impuestos tales como el IVA y el Hipo-consumo puede realizarse en línea y se espera que pronto, su mecanismo sea sincrónico.

Este modelo, por un lado, es implementado los que por la DIAN están obligados a facturar (mediante la resolución de carácter general), y por otro, quienes voluntariamente decidan adoptar este modelo.

Características de la facturación electrónica

Estas son unas de las características que usted como empresario debe conocer, acerca de la facturación electrónica según la DIAN.

A.Utiliza el formato electrónico de generación XML estándar establecido por la DIAN.

B.Lleva la numeración consecutiva autorizada por la DIAN.

C.Cumple los requisitos del 617 ET y discrimina el impuesto al consumo cuando es el caso.

D.Incluye la firma digital o electrónica para garantizar autenticidad e integridad y no repudio de la factura electrónica, de acuerdo con la política de firma adoptada por la DIAN.

E.Incluye el Código Único de Factura Electrónica CUFE.

Este modelo, ha sido implementado en muchos países latinoamericanos como Brasil, Argentina, México, Chile, entre otros; y ahora en Colombia, donde se esperan resultados esperanzadores por parte de la DIAN, pues para el primero de enero, se esperaba contar con 3.700 grandes contribuyentes los que constituyen el 62% de la facturación.

Beneficios y ventajas

Desde que se anunció la implementación de la facturación electrónica, para muchos existen dudas en cuanto a ¿qué beneficios trae? ¿por qué se debe hacer?, pues nosotros les contaremos que beneficios trae a su empresa el implementar este modelo de facturación según la DIAN.

  • Eliminación de riesgo de pérdida de documentos físicos.
  • Eficiente gestión documental.
  • Cuidado y protección del medio ambiente.
  • Consulta en línea.
  • Facilidad en las transacciones.
  • Mejora la trazabilidad y seguridad de operaciones.
  • Mejora la gestión de cobro Ahorro en costos de impresión, despacho, y almacenamiento.
  • Procesos administrativos más rápidos y eficientes.
  • Integración de procesos misionales, logísticos, contables, financieros y administrativos.
  • Mejora la relación cliente/proveedor.

Así es el modelo en que opera Factura Electrónica

Según información brindada por la DIAN, el modelo de facturación fue adoptado en el país a través del Decreto 2242 de 2015, compilado en el Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016, y su objetivo principal es la masificación en el uso de la factura electrónica en Colombia, y, para ello, facilita la interoperabilidad entre quienes facturan de forma electrónica y quienes adquieren bienes que son facturados por ese medio, con los siguientes elementos:

  1. Un formato estándar de generación de la factura en XML que para su construcción utiliza el estándar UBL V2.0, el cual es de uso obligatorio para quienes facturan electrónicamente.
  2. Otros formatos estándar relacionados con el proceso de facturación son las notas débito y crédito a través de las cuales se realizan ajustes a las facturas electrónicas emitidas; estos formatos también tienen un formato estándar en XML y UBL V 2.0, e igualmente son obligatorios.
  3. La firma digital es elemento que permite garantizar la integridad, autenticidad y no repudio de la factura electrónica.
  4. Para aquellos adquirentes que no reciben el formato estándar electrónico de la factura se expedirá una representación gráfica que contiene elementos técnicos como un código QR.

Así puede facturar electrónicamente

La DIAN, a través de su plataforma, brinda la información necesaria para que usted pueda entender cómo funciona este modelo de facturación, es por ello que nosotros le traemos una recopilación de lo que usted debe tener en cuenta si no ha facturado con este nueva herramienta.

Según la DIAN, usted puede facturar de dos formas:

I.A través de una solución de facturación electrónica dispuesta por el responsable de facturar.

II.Por medio de los servicios de un proveedor tecnológico, de acuerdo con la Normatividad relacionada: Decreto 2242 de 2015, compilado por el Decreto 1625 de 2016.

Actores de facturación

  • Facturador electrónico
  • Adquirente
  • Proveedor tecnológico

Tenga en cuenta que según el parágrafo transitorio tercero, del artículo 616-1 del ET, se establece que los obligados a declarar y pagar IVA y el impuesto al consumo deberán expedir la factura electrónica antes del 30 junio del año 2019.


Para información detallada de la facturación electrónica puede consultar a través de la página de la DIAN www.dian.gov.co 

“El parágrafo transitorio segundo de la Ley 1819 de 2016, establece que los obligados a declarar y pagar IVA y el impuesto al consumo deberán expedir factura electrónica a partir del 1 de enero del año 2019”.

Sin embargo, como buenos colombianos, la DIAN amplió el plazo debido a que pocos de los obligados habían logrado implementar la facturación electrónica. No deje este proceso para última hora, pues en el aspecto tecnológico debe hacer varias pruebas en el sistema antes de empezar a facturar en forma.

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